ARTÍCULO 87 No podrá imponerse pena de asesinato, sino en los delitos que atenten directamente y con fuerza armada contra el orden público, y en el de Homicidio y homicidio premeditado o seguro. Chiunque cagioni per colpa la morte di una persona con violazione delle norme sulla disciplina della circolazione https://total-bookmark.com/story18367703/datos-sobre-reati-edilizi-revelados